CASO : N° - 2020
SUMILLA: - INTERPONE DENUNCIA
PENAL CONTRA ABOGADO ESTAFADOR
OSCAR RAFAEL FARFAN GALVEZ Y OTROS
- SOLICITA
REQUERIR AL JEFE DE LA SUNARP DE TRUJILLO PARA QUE LE HAGA LLEGAR COPIAS
CERTIFICADAS DE LOS TITULOS N° 2020-00628647, 2015-00085903, 2015 -00081456, N°
2014-000117986, N°2012- 00057705, N° 2010-00060763, N°
2009 – 00023214
y 2008 -00081502 DE LA PARTIDA ELECTRONICA N° 03137424 DEL REGISTRO DE PERSONAS
JURÍDICAS DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE TRUJILLO A NOMBRE DE LA EMPRESA HOSTAL
DAVID SRL
-SOLICITA REQUERIR AL SEGUND JUZGADO CIVIL DE TRUJILLO
- PRESENTA MEDIOS PROBATORIOS SR. FISCAL
DE LA FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE TURNO DE TRUJILLO
Humberto Armando Rodríguez Cerna, con
DNI N° 06506619, Químico
Farmacéutico, Gerente de la Empresa Hostal David srl, con correo
electrónico justiciasincorrupcion@gmail.com
y con Domicilio Procesal en Jr.
Sinchi Roca 1140 de la Urb. Palermo de la ciudad de Trujillo,
a Usteddigo:
I.-PETITORIO:
1.1..- QUE, EN EJERCICIO DE MI DERECHO
DE PETICIÓN
Y AL DEBIDO PROCESO, CONSAGRADOS EN EL ARTÍCULO 2 INCISO 20 Y ARTÍCULOS
139, INCISOS 3, 6 Y 14, PARTE IN FINE DEL ARTICULO
103 Y CUARTA DISPOSICIÓN FINAL Y TRANSITORIA DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, Y CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 1,24, 60 INCISO 1, 94 INCISO 1
DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL Y CON LO PRESCRITO EN LOS ARTICULOS 317,410,
411,416,428,430 y 438 DEL CÓDIGO PENAL
VIGENTE Y CON LO PRECISADO EN EL ARTÍCULO
7 DE LA LEY ORGÁNICA
DEL PODER JUDICIAL recurro a su Despacho a fin de INTERPONER DENUNCIA
PENAL contra SANTOS RUBEN SALVADOR AVILA identificado con DNI 17903156, contra OSCAR RAFAEL FARFAN
GALVEZ identificado con DNI 09459992
Y contra ABELARDO CERNA PEREZ identificado con DNI 17908840 Y
CONTRA LOS QUE RESUELTEN RESPONSABLES
POR HABER INCURRIDOS EN DELITOS DE ASOCIACION
ILICITA PARA DELINQUIR, FALSA DECLARACIÓN EN PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO, FRAUDE PROCESAL,
FALSEDAD GENÉRICA, FALSEDAD IDEOLÓGICA, DESTRUCCION Y OCULTAMIENTO DE DOCUMENTOS EN
AGRAVIO DEL DENUNCIANTE, EN
AGRAVIO DE LA SUNARP, EN AGRAVIO DEL ESTADO PERUANO, delitos incurridos
en la fraudulenta tramitación del TITULO
N° 2020-00628647 presentado en la
SUNARP sobre un fraudulento NOMBRAMIENTO
DE GERENTE DE S.R.LTDA Y REMOCION DE GERENTE
DE S.R.LTDA con el auxilio doloso de la corrupción
judicial DONDE SE PRETENDE POR ENESIMA VEZ REMOVER AL GERENTE DE LA EMPRESA EN FORMA DELINCUENCIAL PARA HACER LA TRANSFERENCIA DEL INMUEBLE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL A
OTRAS PERSONAS PARA DEJARLE SIN EL PAGO DE SUS BENEFICIOS SOCIALES Y SIN TOMAR EN CUENTA QUE EXISTEN VARIAS OBSERVACIONES
Y VARIAS TACHAS DE LOS TITULOS
2015-00085903, 2015 -00081456, N° 2014- 000117986, N°2012- 00057705, N°
2010-00060763, N° 2009 – 00023214 y 2008 -00081502 POR LA QUE NO SE PUEDEN INSCRIBIR NINGUN TITULO EN LA ACTUALIDAD
AL NO HABER CUMPLIDO LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL PREVIAMENTE CON PRESENTAR
UNA ESCRITURA PUBLICA PARA INSCRIBIR LA ADECUACON DE SUS ESTATUTOS A LA
NUEVA LEY GENERAL DE SOCIEDADES – LEY
N° 26887 COMO TAMPOCO HA CUMPLIDO CON LA PRESENTACION DE UNA
ESCRITURA PUBLICA ACLARATORIA DE TRANSFERENCIA
DE LAS PARTICIPACIONES DE LA SOCIA ANA MARIA CERNA PEREZ AL SOCIO ABELARDO CERNA PEREZ
Y DE MODIFICACION DE ESTATUTOS
EN LA QUE SE INDIQUE EL ESTADO CIVIL DEL SOCIO ABELARDO CERNA PEREZ ASI COMO EL PRECIO DE TRANSFERENCIAS DE PARTICIPACIONES Y DE ACLARATORIA AL RESPECTO
A LA FECHA DE ADHERENCIA DEL ACTA
AL LIBRO DE ACTAS Y POR
LO QUE DICHOS ACTOS NO SE
ADECUAN AL ANTECEDENTE REGISTRAL Y POR LO CUAL
SOLICITAMOS REQUERIR A LA BREVEDAD POSIBLE Y BAJO RESPONSABILIDAD PENAL AL JEFE DE LA SUNARP DE TRUJILLO PARA QUE LE HAGA LLEGAR COPIAS CERTIFICADAS DE LOS
TITULOS N° 2020-00628647, 2015-00085903, 2015 -00081456, N° 2014-000117986,
N°2012- 00057705, N° 2010-00060763, N° 2009 – 00023214 y
2008 -00081502 Y
COPIA CERTIFICADA DEL CERTIFICADO DE VIGENCIA DE PODER DEL GERENTE DE LA
EMPRESA HOSTAL DAVID SRL Y COPIA CERTIFICADA DE LA PARTIDA ELECTRONICA N°
03137424 DEL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE
TRUJILLO A NOMBRE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL CON LOS CUALES SE DEMOSTRARA
LOS DELITOS DENUNCIADOS.
1.2- ASI MISMO RECURRO A SU DESPACHO PARA INTERPONER
DENUNCIA PENAL CONTRA LA REGISTRADORA PUBLICA LIZ HAYDE
VICUÑA MIÑANO identificada con DNI 41556246
por haber incurrido en
delito de Avocamiento ilegal de proceso
en trámite que prescribe: “La autoridad que, a
sabiendas, se avoque a procesos en trámite ante el órgano
jurisdiccional, será reprimida con pena privativa de libertad no mayor de dos años e inhabilitación
conforme al artículo 36º, incisos 1, 2 y
4.”,
delitos incurridos en
la fraudulenta tramitación del TITULO N° 2020-00628647
presentado en la SUNARP sobre un fraudulento NOMBRAMIENTO DE GERENTE DE S.R.LTDA
Y REMOCION DE GERENTE DE S.R.LTDA con el auxilio doloso de la corrupción
judicial DONDE SE PRETENDE POR ENESIMA VEZ REMOVER AL GERENTE DE LA EMPRESA EN FORMA DELINCUENCIAL PARA HACER LA TRANSFERENCIA DEL INMUEBLE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL A
OTRAS PERSONAS PARA DEJARLE SIN EL PAGO DE SUS BENEFICIOS SOCIALES Y SIN TOMAR EN CUENTA LA EXISTENCIA DEL PROCESO CIVIL DE LA DEMANDA
JUDICIAL DE IMPUGNACION DE ACUERDO
Y OTROS POR DEFECTOS DE CONVOCATORIA Nº 5128 -2014 (Especialista
Legal, LUZ YOLANDA CASTRO POLO) INTERPUESTA POR
EL GERENTE DE LA EMPRESA
HOSTAL DAVID SRL HUMBERTO ARMANDOO
RODRIGUEZ CERNA QUE SE SIGUE POR LOS MISMOS
HECHOS EN EL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE
LA CIUDAD DE TRUJILLO QUE
DESPACHA LA SRA JUEZ GUISSELLA DEL CARMEN
SORIANO RAMIREZ Y QUE AUN NO CONCLUYE
SEGÚN LOS MEDIOS PROBATORIOS
QUE ESTAMOS ADJUNTANDO Y POR LO CUAL Y POR
LO CUAL SOLICITAMOS REQUERIR
A LA BREVEDAD POSIBLE Y BAJO RESPONSABILIDAD PENAL A LA SRA JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO
CIVIL DE LA CIUDAD DE TRUJILLO
QUE DESPACHA LA SRA JUEZ GUISSELLA DEL CARMEN SORIANO
RAMIREZ PARA QUE LE HAGA LLEGAR COPIAS CERTIFICADAS
DEL DEL PROCESO CIVIL DE
LA DEMANDA JUDICIAL DE IMPUGNACION DE ACUERDO Y OTROS POR DEFECTOS
DE CONVOCATORIA
Nº 5128 -2014 (Especialista Legal, LUZ YOLANDA CASTRO POLO) INTERPUESTA POR EL GERENTE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL HUMBERTO ARMANDOO RODRIGUEZ CERNA QUE SE
SIGUE POR LOS MISMOS HECHOS
Y POR LO QUE ESTAMOS SOLICITANDO SU
INHABILITACION DE LA REGISTRADORA
PUBLICA DENUNCIADA
1.1.
Y por lo que
solicitamos que se tenga por interpuesta
la presente Denuncia penal y para que
se sirva disponer el inicio de la investigación preliminar correspondiente en el más breve plazo para evitar que los denunciados puedan eludir la acción de la justicia según los Fundamentos que a continuación exponemos:
I.
FUNDAMENTOS FÁCTICOS DE LA DENUNCIA
2.1.-Que el denunciante es actual Gerente de
la empresa Hostal David Srl con
personería jurídica, según Partida Electrónica
N° 03137424 DEL REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE TRUJILLO según copia de la
Vigencia
de Poder de Gerente que se adjunta
2.2.- Además , el denunciante
ha sido Director de la
prestigiosa Asociación Civil “Justicia sin
Corrupción y
Educación con
Alimentación”, la cual
fue una Entidad que se creó por ciudadanos agraviados por actos de corrupción
de cuestionados magistrados y que se
encargaba de enseñar y difundir los
valores éticos, los principios morales, el respeto
de
los derechos de la persona, y combatir valiente y
frontalmente la corrupción en todos sus niveles y formas, teniendo como base principal de su
creación la “legítima defensa” que tenemos
los ciudadanos como derecho consagrado en
nuestra constitución; para defendernos legalmente ante tanto abuso, vejamen y atropello
cometido por diversa clase de malos funcionarios
públicos, notarios corruptos
y abusivos magistrados que en
forma permanente violan
flagrantemente de manera sistemática
y constante los más elementales principios constitucionales de nuestros conciudadanos.
2.3.- La mencionada
asociación civil anticorrupción fue
creada para enseñar y difundir los valores éticos,
principios morales, el respeto de
los derechos de la persona, para combatir
valiente y frontalmente la corrupción en el norte del País, donde funci
onaba sus oficinas y además para convertirnos
en una vía alterna y como canal no estatal para la defensa de las
personas, ante tanto abuso, desidia
y desinterés por parte de las autoridades
competentes y puede encontrar
en cualquier buscador del
internet las buenas y
valientes acciones anticorrupción realizadas por nuestra asociación: https://www.google.com.pe/search?q=asociacion+justicia+sin+corrupcion&filter=0
2.4.-
La referida Asociación Civil ayudaba en forma solidaria y gratuita a personas de
escasos recursos económicos,
auxiliándolos e n forma legal en defensa de sus derechos constitucionales, cuando éstos eran conculcados por un mal magistrado
y/o f uncionario público; y siendo que
en el transcurso de la corta
existencia de nuestra Asociación Anticorrupción se denunció más
de 300 cas os de corrupción cometidos por malos magistrados, deshonestos
Notarios Públicos, malos Funcionarios Públicos, etc habiendo ayudado con nuestras quejas o denuncias en la destitución de varios
malos magistrados, lo que nos ha granjeado mucha antipatía por parte de
los destituidos y también por parte
de los magistrados que a pesar de haber sido denunciados
con denuncias bien
fundamentas, no pudimos destituir por la terrible
corrupción que existe en la
oficinas de Control Interno de cada
Institución Estatal, ganándose en la
mayoría de dichos casos la antipatía de los magistrados
denunciados y/o procesados, quienes buscan siempre la sinrazón para desquitarse de las
bien fundamentadas denuncias de la mencionada asociación.
2.5.- Que, aun a pesar de tener a la terrible corrupción de las Oficinas de Control Interno del
Poder Judicial y del Ministerio Publico en nuestra contra
y sin un céntimo de dinero de la Ayuda Humanitaria Internacional,
se logró ayudar a destituir a doce malos magistrados de
las ciudades de Sullana, Talara, Trujillo, Piura y
Lima; habiendo sido uno de los primeros
que logramos destituir, al ahora ex – Presidente de la Corte Superior
de
Justicia de Piura,
el Prevaricador y abusivo Vocal Superior Jorge Eduardo Díaz
Campos, el Prevaricador y abusivo Juez de
la ciudad de Talara Santiago Herrera Navarro, se logró suspender al Prevaricador y abusivo
Juez Juan Cajusol Acosta para que luego sea destituido y habiéndose interpuesto
denuncias ciudadanas ante el CNM se logró ayudar a que no sean ratificados el Fiscal Prevaricador y abusivo de Sullana Samuel Guerrero León; el
Vocal prevaricador y abusivo de Sull ana
Ivo Manrique Borrero; el Juez prevaricador y abusivo de Sullana
Cesar Albujar Chunga; el prevaricador y abusivo Fiscal de
Trujill o Elmer Becerra Pérez; el Juez prevaricador
y abusivo de la ciudad de
Trujillo Cesar Ortiz Mostacero que luego fue lamentablemente restituido por medio de una acción de amparo; el prevaricador y abusivo ex - Vocal de Sullana Juan Francisco Leon Guerrero; el prevaricador y abusivo Vocal Superior
de Sullana Carlos Linares Vera Portocarrero y últimamente el Juez Prevaricador
y abusivo de Puno, Julio
Esteban Ramírez Luna, éste último no ratificado con la ayuda directa de nuestros asesor legal Dr. Vladimir Meléndez Verastegui quien fue uno de nuestros valientes representantes en la ciudad del Lima y además que se logró sancionar administrativamente a muchos otros malos magistrados en el Norte del
País.
2.6.-Que el denunciante es
tan odiado por muchos magistrados
corruptos
que en complicidad con malos
familiares y encabezados por el
mal magistrado JOSE VENTURA TORRES MARIN DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE LA CIUDAD DE TRUJILLO CON EL AUXILIO DOLOSO DE LA
CORRUPCION JUDICIAL Y SIN HABER RECIBIDO JAMAS
EL DENUNCIANTE UNA CARTA NOTARIAL SOLICITANDO QUE SE CONVOQUE A JUNTA DE SOCIOS DE
LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL EN
SU CALIDAD DE GERENTE DE LA
EMPRESA HOSTAL DAVID SRL, Y QUE ES REQUISITO SINE QUA NON PARA PODER INTERPONER
UNA DEMANDA DE CONVOCATORIA JUDICIAL
PERO AUN ASI DICHO MAL MAGISTRADO
DECLARA FUNDADO UNA FRAUDULENTA DEMANDA Nº 1213-2012 DE CONVOCATORIA JUDICIAL PARA TRATAR DE REMOVER AL GERENTE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL EN FORMA DELINCUENCIAL PARA HACER LA
TRANSFERENCIA DEL INMUEBLE
DE LA EMPRESA HOSTAL
DAVID SRL A OTRAS PERSONAS PARA DEJARLE SIN EL PAGO DE SUS BENEFICIOS SOCIALES
SIN TOMAR EN CUENTA MIS CONTRADICCIONES DE LA MENCIONADA DEMANDA EN DONDE
INDICABA QUE PRIMERO ERA NECESARIO ADECUAR LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL A LA NUEVA LEY GENERAL DE SOCIEDADES Y ERA
NECESARIO PRIMERO HACER UNA JUNTA DE
SOCOS PARA TERMINAR DE HACER LAS TRANSFERENCIAS DE PARTICIPACIONES DE LA SOCIA ANA MARIA CERNA PEREZ AL SOCIO
ABELARDO CERNA PEREZ PARA RECIEN PODER INSCRIBIR CUALQUIER CAMBIO DE
GERENTE EN LA EMPRESA PERO COMO EL
MENCIONADO JUEZ ES UNA PERSONA CON UN
BAJISIMO COEFICIENTE INTELECTUAL Y MUY ARBITRARIO Y EXTREMADAMENTE ABUSIVO HA QUERIDO REGISTRAR SU PREVARICADORA
SENTENCIA EN LA SUNARP JUSTIFICANDO TODOS LOS MEDIOS Y TRATANDO
DE
VIOLAR TODA NORMATIVIDAD
LEGAL PERO LA SUNARP NO SE LO HA PERMITIDO
HABIENDOSE OBSERVADO Y TACHADO LOS FRAUDULENTOS TITULOS 2015-00085903, 2015
-00081456, N° 2014-000117986 Y N°2012- 00057705 CON LO CUALES HA TRATADO
DE INSCRIBIR SU PREVARICADORA
SENTENCIA PARA TRATAR DE REMOVER AL GERENTE DE LA EMPRESA EN FORMA DELINCUENCIAL PARA HACER LA TRANSFERENCIA DEL INMUEBLE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL A
OTRAS PERSONAS PARA DEJARLE SIN EL PAGO DE SUS BENEFICIOS SOCIALES Y EN DONDE EN TODAS ESTAS OBSERVACIONES Y TECHAS
SE LE HA INDICADO AL ARBITRARIO JUEZ QUE PARA INSCRIBIR
CUALQUIER CAMBIO DE GERENTE PREVIAMENTE SE DEBE DE PRESENTAR
UNA ESCRITURA PUBLICA PARA INSCRIBIR LA ADECUACON DE SUS ESTATUTOS A LA
NUEVA LEY GENERAL DE SOCIEDADES – LEY
N° 26887 Y SE DEBE DE PRESENTAR OTRA ESCRITURA PUBLICA
ACLARATORIA DE TRANSFERENCIA DE LAS PARTICIPACIONES
DE LA SOCIA ANA MARIA CERNA PEREZ AL SOCIO ABELARDO CERNA PEREZ Y DE MODIFICACION DE ESTATUTOS EN LA QUE SE INDIQUE EL ESTADO
CIVIL DEL SOCIO ABELARDO CERNA PEREZ ASI COMO EL PRECIO DE TRANSFERENCIAS
DE PARTICIPACIONES
Y DE ACLARATORIA AL RESPECTO A LA FECHA DE ADHERENCIA DEL ACTA AL LIBRO DE ACTAS
Y POR LO QUE LOS ACTOS ARBITRARIOS IMPULSADOS POR EL
DENUNCIADO JUEZ Y MALOS FAMILIARES DEL DENUNCIANTE NO SE ADECUAN AL
ANTECEDENTE REGISTRAL Y POR LO CUAL NUNCA PROSPERARAN Y POR LO
CUAL AL HABERSE REITERADO UNA Y OTRA VEZ ESOS ACTOS DOLOSOS EL DENUNCIANTE HA
TENIDOQUE QUE DENUNCIAR UNA Y OTRA VEZ AL
MENCIONADO JUEZ Y A SUS MALOS FAMILIARES DEL DENUNCIANT TANTO QUE LOS FISCALES DE LA CIUDAD DE TRUJILLO
YA ESTAN CANSADOS DE LA CORRUPCION DE DICHO JUEZ
Y DE NUESTRAS DENUNCIAS PERO
LAMENTABLEMENTE ESTE MAL MAGISTRADO
EN COMPLICIDAD CON MALOS REGISTRADORES
PUBLICOS Y CON MALOS FAMILARES DEL DENUNCIANTE CONTINUAN HACIENDO DE LA SUYA EN LA SUNARP
2.7- Y siendo que como no
se les sanciona a ninguno de estos malos magistrados y
malos registradores públicos con
la destitución, estos vuelven
a agraviar a la mismas persona, una y otra
vez como es en mi caso en donde nuevamente
por ENESIMA vez, se me pretende agraviar tratándose de inscribir
ahora el fraudulento Titulo N° 2020-00628647 y siendo que ahora
ya no es el mismo mal
registrador publico BIKEL
EVELING ARAUJO CAMPOS, quien pretendió e hizo hasta lo imposible para tratar de inscribir dolosamente el fraudulento Titulo N° 00117986
-2014 plagado de contradicciones,
anomalías, delitos, vicios e irregularidades
que trata
ba
sobre una fraudulenta Acta de una supuesta
Junta Extraordinaria de Socios
Participacionistas de la empresa Hos tal David Srl de la ciudad
de Trujillo supuestamente llevada a cabo el día 10 de
Diciembre del 2014 a las 4
p.m. en el segundo piso del Jr. Sinchi Roca 113 8 Urb. Palermo de esta ciudad en donde se le impidió físicamente participar al Gerente socio de la mencionada empresa negándole e impidiéndole físicamente la entrada
en el domicilio social de la
empresa para evitar que se pueda
oponer al cualquier ilegal acuerdo tomado y negándosele la entrega del
Libro de Actas según copia certificada de Constatación Policial
que se ha adjuntado en nuestras
anteriores denuncias y habiéndose inventado un falso Quórum de
participaciones cuando en realidad en dicha fraudulenta Junta participó solamente un solo
socio, y cuyo fraudulento aviso de Convocatoria a Junta Extraordinaria de Socios Participacionist as
de la empresa Hostal David Srl fue publicado el día 21 de Noviembre del 2014 en el Diario de la Republica
por una persona ajena
a l a empresa POR EL DENUNCIADO
OSCAR RAFAEL FARFAN GALVEZ y en donde se
suplantó a la persona del
gerente de la empresa Hostal
David SRL convirtiéndose dicha publicación en un documento con datos falsos y por lo tanto es un
documento falso y por lo
cual se había contravenido el Artículo DECIMO CUARTO de los Estatutos
de la empresa Hostal
David srl que prescribe: “LAS
CONVOCATORIAS A LAS JUNTAS
GENERALES SE HARA POR EL GERENTE, MEDIANTE AVISO QUE CONTENGA LA INDICACION DEL DIA, HORA, LUGAR DE LA
REUNION, LAS MATERIAS A TRATAR Y EL CARÁCTER ORDINARIO O EXTRAORDINARIO…” pues en
ningún
momento el gerente de la empresa Hostal David srl había publicado
ninguna Convocatoria de Junta en dicho diario
al haber impugnado varias resoluciones
y por lo cual el denunciado Registrador Publico BIKEL ARAUJO CAMPOS al verificar que se había
presentado ante los Registros públicos copias certificadas de un Acta plagada de contradicciones, vicios y nulidades debió
de solicitar al Sr Juez que conoce
la Convocatoria Judicial, las
aclaraciones o información complementaria
que sea necesario precisar para que se
le esclarezca lo que se pretendía inscribir pero el Registrador Publico no
lo ha hizo para favorecer ilegalmente a la parte denunciada para
que esta trate a como dé lugar de inscribir
ilegalmente dicha ilegal remoción del gerente y se le cambie al denunciante por otro gerente para que
pueda hacer la transferencia del
inmueble de cinco pisos de la empresa Hostal David Srl valorizado
en medio millón de dólares en donde he laborado por más 24 años y
se le pueda dejar al denunciante sin el pago de sus beneficios
sociales, societarios y laborales y
para poder nombrar como nuevo gerente
a un socio
quien se encuentra acusado por el
delito de apropiación ilícita de 30 mil dólares
en agravio de la empresa
Hostal David como nuevo Gerente.
2.8.- Es asi que al haber sido alertado por enésima vez en mi correo
electrónico el dia lunes 9 de marzo del 2020 a las 16:45 pm horas
por el Mecanismo de Alerta
Registral según la copia de impresión
que se adjunta en donde se indica que
se pretende ahora insc ribir fraudulentamente el Titulo N°
2020-00628647 que a continuación transcribimos:
SERVICIOS >> Consulta
de Estado de Títulos
>> Detalle
del Título Seguimiento de Título
Número del título: 00628647 Año del título: 2020
Oficina Registral del título:
TRUJILLO Tipo de Registro:
PERSONAS
JURÍDICAS
Partidas Vinculadas:
03137424
_ Actos Registrales:
NOMBRAMIENTO DE GERENTES DE
S.R.LTDA / REMOCION DE GERENTE DE S.R.LTDA.
_ Fecha y Hora de Presentación:
09/03/2020 16:21:21
Fecha de Vencimiento: 27/04/2020
_ Estado:
EN CALIFICACIÓN
Lugar de Presentación:
TRUJILLO
_ Presentante:
SALVADOR AVILA, SANTOS RUBEN
_ D.N.I-17903156
_ Participantes:
Sin Dato.
2.9.- Por lo que el denunciante
llamo a su abogado defensor quien se dirigió a la Sunarp junto
con sus asistente para verificar dic ha Alerta
registral y después de pagar los
derechos correspondientes pude leer
el titulo presentado:
00628647- 2020 y pudo leer que
ahora en complicidad con la DENUNCIADA REGISTRADORA PUBLICA LIZ
HAYDE VICUÑA MIÑANO identificada
con DNI 41556246
y la cual es contacto para cometer
nuevos graves actos de
corrupción en mi agravio, se pretende inscribir en forma delictiva fraud
ulentos documentos que han
sido observadas anteriormente y
que han sido hasta tachados y en donde existe una copia certificada de Act a de una supuesta
Convocatoria de Junta de Participaciones de la empresa Hostal David srl en la que jamás el denunciante ha participado
en dicha publicación como Gerente de dicha
empresa y en la cual jamás ha firmado
porque
no lo han dejado participar y del cual e xiste una DEMANDA
JUDICIAL DE IMPUGNACION DE ACUERDO
Y OTROS POR DEFECTOS DE CONVOCATORIA
Nº 5128 -2014 (Especialista
Legal, LUZ YOLANDA CASTRO POLO) INTERPUESTA
POR EL GERENTE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL HUMBERTO ARMANDOO RODRIGUEZ CERNA QUE SE
SIGUE POR LOS MISMOS HECHOS EN EL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE LA CIUDAD DE TRUJILLO QUE DESPACHA LA SRA JUEZ GUISSELLA DEL CARMEN SORIANO RAMIREZ Y QUE AUN NO CONCLUYE y por lo
cual la mencionada
registradora publica
habría incurrido en delito de avocamiento indebido
2.10 .- Y por lo cual estamos INTERPONIENDO DENUNCIA
PENAL CONTRA LA REGISTRADORA PUBLICA LIZ HAYDE VICUÑA MIÑANO identificada con DNI 41556246
por haber incurrido en
delito de Avocamiento ilegal de proceso
en trámite que prescribe: “La a utoridad que, a
sabiendas, se avoque a procesos en
trámite ante el órgano jurisdiccional,
será reprimida con pena privativa de liberta d no mayor de
dos años e inhabilitación
conforme al artículo 36º, incisos 1, 2 y 4.”, delitos incurridos en
la fraudulenta tramitación del TITULO
N° 2020-00628647 presentado en la
SUNARP sobre un fraudulento NOMBRAMIENTO
DE GERENTE DE S.R.LTDA Y REMOCION DE GERENTE
DE S.R.LTDA con el auxilio doloso de la corrupción
judicial DONDE SE PRETENDE POR ENESIMA VEZ REMOVER AL GER ENTE
DE LA EMPRESA EN FORMA DELINCUENCIAL
PARA HACER LA TRANSFERENCIA DEL INMUEBLE
DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL A OTRAS PERSONAS PARA DEJARLE SIN EL
PAGO DE SUS BENEFICIOS SOCIALES Y SIN TOMAR
EN CUENTA LA EXISTENCIA DEL PROCESO
CIVIL DE LA DEMANDA JUDICIAL DE IMPUGNACION DE ACUERDO Y OTROS POR DEFECTOS DE CONVOCATORIA Nº 5128 -2014 (Especialista Legal, LUZ YOLANDA CASTRO
POLO) INTERPUESTA POR EL GERENTE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL HUMBERTO
ARMANDOO RODRIGUEZ CERNA QUE SE SIGUE POR LOS
MISMOS HECHOS EN EL SEGUNDO
JUZGADO CIVIL DE LA CIUDAD DE TRUJILLO QUE DESPACHA LA SRA
JUEZ GUISSELLA DEL CARMEN SORIANO RAMIREZ Y QUE AUN NO CONCLUYE SEGÚN
LOS MEDIOS PROBATORIOS QUE
ESTAMOS ADJUNTANDO COMO SON EL
REPORTE BAJADO DEL LINK DEL PODER JUDICIAL DE DICHA DEMANDA Y SEGÚN LA
COPIA DE DOS RESOLUCIONES JUDICIAES QUE ESTAMOS ADJUNTANDO Y POR LO CUAL
SOLICITAMOS REQUERIR A LA BREVEDAD POSIBLE Y BAJO RESPONSABILIDAD PENAL
A LA SRA JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE LA CIUDAD DE TRUJILLO QUE DESPACHA LA SRA
JUEZ GUISSELLA DEL CARMEN SORIANO RAMIREZ PARA QUE LE HAGA
LLEGAR COPIAS CERTIFICADAS DEL DEL PROCESO CIVIL DE LA DEMANDA
JUDICIAL DE IMPUGNACION DE ACUERDO Y OTROS POR DEFECTOS DE CONVOCATORIA Nº 5128 -2014 (Especialista
Legal, LUZ YOLANDA CASTRO POLO) INTERPUESTA
POR EL GERENTE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL HUMBERTO ARMANDOO RODRIGUEZ CERNA QUE SE
SIGUE POR LOS MISMOS HECHOS Y POR LO QUE ESTAMOS
SOLICITANDO SU INHABILITACION DE LA
REGISTRADORA PUBLICA DENUNCIADA
2.11.- Es el caso que Sr. Fiscal que es la
enésima vez que se presentan
los mismos documentos que ya han
sido observados y tachados por
anteriores Registradores Públicos y que han sido presentados por enésima vez sin haberse levantado
las observaciones de l os anteriores Registradores y que lo han
presentado para tratar de encontrar a
algún cuestionado Registrador que se
preste para
la corrupción y por lo cual recurro a su Despacho a fin de
INTERPONER DENUNCIA PENAL contra SANTOS
RUBEN SALVADOR AVILA identificado con DNI 17903156, contra OSCAR RAFAEL FARFAN GALVEZ identificado con DNI 09459992 Y contra ABELARDO CERNA PEREZ identificado
con DNI 17908840 Y CONTRA LOS QUE RESUELTEN RESPONSABLES POR HABER INCURRIDOS EN DELITOS DE ASOCIACION
ILICITA PARA DELINQUIR, FALSA DECLARACIÓN EN PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO, FRAUDE PROCESAL,
FALSEDAD GENÉRICA, FALSEDAD IDEOLÓGICA,
DESTRUCCION Y OCULTAMIENTO DE DOCUMENTOS EN
AGRAVIO DEL DENUNCIANTE, EN
AGRAVIO DE LA SUNARP, EN AGRAVIO DEL ESTADO PERUANO, delitos
incurridos en la fraudulenta tramitación del TITULO N° 2020-
00628647 presentado en la SUNARP sobre
un fraudulento NOMBRAMIENTO DE GERENTE
DE S.R.LTDA Y REMOCION DE GERENTE DE S.R.LTDA con el
auxilio doloso de la corrupción
judicial DONDE SE PRETENDE POR ENESIMA VEZ REMOVER AL GERENTE DE LA EMPRESA EN FORMA DELINCUENCIAL PARA HACER LA TRANSFERENCIA DEL INMUEBLE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL A
OTRAS PERSONAS PARA DEJARLE SIN EL PAGO DE SUS BENEFICIOS SOCIALES Y SIN TOMAR EN CUENTA QUE EXISTEN VARIAS
OBSERVACIONES Y VARIAS TACHAS DE LOS
TITULOS 2015-00085903, 2015 -00081456, N° 2014-000117986, N°2012- 00057705, N°
2010-00060763, N° 2009 – 00023214 y 2008 -00081502 POR LA QUE NO SE PUEDEN INSCRIBIR NINGUN TITULO EN LA ACTUALIDAD
AL NO HABER CUMPLIDO LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL PREVIAMENTE CON PRESENTAR
UNA ESCRITURA PUBLICA PARA INSCRIBIR LA ADECUACON DE SUS ESTATUTOS A LA
NUEVA LEY GENERAL DE SOCIEDADES – LEY
N° 26887 COMO TAMPOCO HA CUMPLIDO
CON LA PRESENTACION DE UNA
ESCRITURA PUBLICA ACLARATORIA DE TRANSFERENCIA
DE LAS
PARTICIPACIONES DE LA SOCIA
ANA MARIA CERNA PEREZ AL
SOCIO ABELARDO
CERNA PEREZ Y DE MODIFICACION DE ESTATUTOS EN LA QUE SE INDIQUE EL ESTADO CIVIL
DEL SOCIO ABELARDO CERNA PEREZ ASI COMO EL PRECIO DE TRANSFERENCIAS DE
PARTICIPACIONES Y DE ACLARATORIA AL RESPECTO A LA FECHA DE ADHERENCIA DEL ACTA
AL LIBRO DE ACTAS Y POR LO QUE DICHOS ACTOS NO SE ADECUAN AL ANTECEDENTE
REGISTRAL Y POR LO
CUAL SOLICITAMOS
REQUERIR A LA BREVEDAD POSIBLE Y BAJO RESPONSABILIDAD PENAL AL JEFE DE LA
SUNARP DE TRUJILLO PARA QUE LE HAGA LLEGAR COPIAS CERTIFICADAS DE LOS TITULOS
N° 2020-00628647, 2015-00085903, 2015 -00081456, N° 2014-000117986, N°2012-
00057705, N° 2010-00060763, N° 2009 – 00023214 y 2008 -00081502 Y COPIA
CERTIFICADA DEL CERTIFICADO DE VIGENCIA DE PODER DEL GERENTE DE LA EMPRESA
HOSTAL DAVID SRL Y COPIA CERTIFICADA DE LA PARTIDA ELECTRONICA N° 03137424 DEL
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE TRUJILLO A NOMBRE
DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL CON LOS CUALES SE DEMOSTRARA LOS DELITOS
DENUNCIADOS.
2.12.- Sr Fiscal, según los
Títulos observados N° 00081502 – 2008, N° 00023214- 2009, N°
00060763-2010, 00057705-2012 que hay que
solicitar en copias certificadas
al jefe
de
la sunarp se visualiza que entre
las principales observaciones de los Registros
Públicos fue que en lo que respecta
a la transferencia de participaciones
de
la socia Ana Maria Cerna Perez presentado con Titulo 00081502 -2008 era que
el Acta se había realizado el 01/08/ 2008 y se había realizado con fecha anterior a
la legalización del Libro de Actas si n tener en cuenta que los
libros de las sociedades tienen vigencia a partir de la fecha de su legalización y se habia contravenido el artículo 54 de la Ley del
Notariado pues en la maliciosa
escritura pública del año 2008 sobre Transferencias
de participaciones
de la empresa H ostal David srl no se indica
el estado civil de los socios por lo que dicho Titulo fue Observado y en lo que respecta a la misma transferencia de participaciones presentado
con Titulo 00060763 -2010 la
esquela de observación indica: “Se
aprecia de la documentación presentada que no se
ha indicado
el monto de las transferencias de las participaciones
así como la precisión el acto
causal de la transferencias (donación, permuta, compraventa etc) a fin de saber si dicho precio, de ser el caso, ha sido o no
cancelado en su totalidad.” y
en lo que respecta a la misma transferencia de participaciones presentado con Titulo
00057705 -2012 la esquela de observación indica: “Verificada la escritura pública presentada,
se aprecia que se ha omitido consignar el precio de la transferencia de las participaciones de conformidad
con el artículo 1529 del Código Civil
el cual señala “Por la
compraventa el vendedor se obliga a transferir la propiedad
de un bien al comprador y este
a pagar su precio en dinero” y que
hasta sido tachado dicho Titulo
y siendo que hoy lo que se pretende
ahora hacer es que en forma delincuencial la misma escritura pública de transferencia de participaciones observada varias v eces por diversos registradores se logre inscribir en los Registros Publico en
forma delictiva con el Titulo N°
00081456- 2015 para no pagarle a la mencionada Socia, el dinero que verdaderamente
le corresponde por sus
participaciones en la
empresa Hostal David srl de acuer
do a ley y por lo cual, todo esto
ha ocasionado
que ella se encuentre muy delicada de Salud.
2.12-. Que el denunciante
pregunto quién era el
Registrador Publico que estaba conociendo dicho caso
e increíblemente se da con la
sorpresa que ha sido derivado a
la registradora público LIZ HAYDE
VICUÑA MIÑANO identificada con DNI 41556246 de quien
se tine noticias le gusta actar en
forma irregular y por lo cual la
estamos denunciando por haber
incurrido en delito de Avocamiento ilegal de proceso en trámite al haber sido alertado por enésima vez en mi correo electrónico
el dia lunes 9 de marzo del
2020 a las 16:45 pm
horas por el Mecanismo de Alerta
Registral según la copia de impresión
que se adjunta en donde se indica que
se pretende ahora inscribir fraudulentamente el Titulo N° 2020-00628647
2.13.- y por
lo que estamos recurriendo a su Despacho a fin de INTERPONER DENUNCIA PENAL contra SANTOS RUBEN SALVADOR AVILA identificado
con DNI 17903156, contra OSCAR
RAFAEL FARFAN GALVEZ identificado con DNI 09459992
Y contra ABELARDO CERNA PEREZ
identificado con DNI 17908840 Y CONTRA LOS QUE RESUELTEN
RESPONSABLES POR HABER INCURRIDOS EN
DELITOS DE ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, FALSA DECLARACIÓN EN
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, FRAUDE PROCESAL,
FALSEDAD GENÉRICA, FALSEDAD IDEOLÓGICA, DESTRUCCION Y OCULTAMIENTO DE DOCUMENTOS EN AGRAVIO DEL DENUNCIANTE, EN
AGRAVIO DE LA SUNARP, EN AGRAVIO DEL ESTADO
PERUANO, delitos incurridos en la fraudulenta tramitación del TITULO
N° 2020 - 00628647 presentado en la
SUNARP sobre un fraudulento NOMBRAMIENTO
DE GERENTE
DE S.R.LTDA Y REMOCION DE GERENTE DE S.R.LTDA con el
auxilio doloso de la corrupción
judicial DONDE SE PRETENDE POR ENESIMA VEZ REMOVER AL GERENTE DE LA EMPRESA EN FORMA
DELINCUENCIAL PARA HACER LA TRANSFERENCIA DEL
INMUEBLE DE LA EMPRESA HOSTAL
DAVID S RL A OTRAS PERSONAS PARA DEJARLE SIN EL PAGO DE SUS BENEFICIOS
SOCIALES Y SIN TOMAR EN CUENTA QUE
EXISTEN VARIAS OBSERVACIONES Y VARIAS TACHAS DE
LOS TITULOS 2015-00085903, 2015 -00081456, N° 2014-000117986, N°2012-
00057705, N° 2010-00060763, N° 2009 – 00023214 y 2008 -00081502 POR LA QUE NO SE PUEDEN INSCRIBIR NINGUN
TITULO EN LA ACTUALIDAD AL NO HABER CUMPLIDO LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL PREVIAMENTE CON PRESENTAR UNA ESCRITURA PUBLICA PARA INSCRIBIR LA ADECUACON DE SUS ESTATUTOS
A LA NUEVA LEY GENERAL
DE SOCIEDADES – LEY N° 26887 COMO TAMPOCO
HA CUMPLIDO
CON LA PRESENTACION DE UNA
ESCRITURA PUBLICA ACLARATORIA DE TRANSFERENCIA
DE LAS
PARTICIPACIONES DE LA SOCIA
ANA MARIA
CERNA PEREZ AL SOCIO ABELARDO
CERNA PEREZ Y DE MODIFICACION DE ESTATUTOS EN LA QUE SE INDIQUE EL ESTADO CIVIL DEL
SOCIO ABELARDO CERNA PEREZ ASI COMO EL
PRECIO DE TRANSFERENCIAS DE PARTICIPACIONES
Y DE ACLARATORIA AL RESPECTO A LA FECHA DE ADHERENCIA DEL ACTA AL LIBRO DE ACTAS
Y POR LO QUE DICHOS ACTOS NO SE ADECUAN AL ANTECEDENTE
REGISTRAL Y POR LO CUAL SOLICITAMOS
REQUERIR A LA BREVEDAD
POSIBLE Y BAJO RESPONSABILIDAD PENAL AL JEFE DE LA
SUNARP DE TRUJILLO PARA QUE LE HAGA
LLEGAR COPIAS CERTIFICADAS DE LOS TITULOS N° 2020 -00628647, 2015-
00085903, 2015 -00081456, N° 2014-000117986, N°2012- 00057705, N°
2010-00060763, N° 2009 – 00023214 y 2008 -00081502 Y COPIA CERTIFICADA DEL CERTIFICADO
DE VIGENCIA DE PODER DEL GERENTE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL Y COPIA
CERTIFICADA DE LA PARTIDA
ELECTRONICA N° 03137424 DEL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE TRUJILLO A NOMBRE DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL CON LOS
CUALES SE DEMOSTRARA LOS DELITOS
DENUNCIADOS.
II.
MEDIOS PROBATORIOS DE LA DENUNCIA INTERPUESTA:
1.- Copia de DNI
2.- COPIA SIMPLE de Vigencia de Poder del Gerente de la
empresa Hostal David srl que acreditan que el denunciante es gerente de la
empresa Hostal David Srl
3.- COPIAS DE ESQUELAS DE OBERVACIONES Y
TACHAS DE LOS TITULOS
N° 2009 -00023214, N°2012-00057705, 2014-
000117986,2015-00085903 SOBRE TRANSFERENCIAS DE PARTICIPACIONES
DE LA EMPRESA HOSTAL DAVID SRL PRESENTADOS ANTE LA SUNARP POR LOS MISMOS
ESTAFADORES DE SIEMPRE
4.-
COPIA DE TITULO PENDIENTE N° 2020-00628647
Sr. Fiscal, solicito tener por presentada esta denuncia penal y actuar de acuerdo a ley
...........................................................................................
Q.F. HUMBERTO ARMANDO RODRIGUEZ CERNA
GERENTE DE HOSTAL DAVID SRL
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